DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos PABLO JOSÉ CASTRO VÁSQUEZ y GEALDRIN DEL CARMEN MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad números V-19.271.298 y V-24.019.895 respectivamente, domiciliados el primero de los nombrados, en el sector La Villa, avenida Gonzalo Barrios con callejón Carabobo, casa Nº 59-01, Acarigua, y la segunda, en la parroquia Payara, avenida principal del sector Las Palmas, casa S/Nº, ambos domicilios del municipio Páez del estado Portuguesa, asistidos por la abogada MARY JOSEFINA AMARO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 217.020, de conformidad con.....