En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente de este Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara Con Lugar la querella interdictal restitutoria, incoada por el ciudadano RAFAEL RAMON QUEVEDO GARCIA, contra la ciudadana BEATRIZ GARCIA, ambos identificados.
En consecuencia, se condena a la parte querellada a restituir al querellante en la posesión de las identificadas bienhechurías, edificadas en una parcela de terreno, ubicada en el Barrio San Antonio de esta ciudad de Guanare, estado Portuguesa, en un área de terreno que mide novecientos cincuenta y siete metros cuadrados con cincuenta y nueve decímetros cuadrados (957,59 m2), dentro de los siguientes linderos: Norte: Solar y casa de Juan Medina; Sur: Solar y casa de Simón Vizcaya y sola.....