DISPOSITIVA
En base a los precedentes anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN celebrada en fecha 04/11/2015, por los ciudadanos EZEQUIEL ALVARADO ISEA, asistido por el Abogado ADALNES OJEDA, parte demandante, y la ciudadana RAQUEL MENIN, asistida por la Abogada ANGELA MENDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 232.690, parte demandada, todos ampliamente identificados, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 256 eiusdem.- Así Se Establece.
En consecuencia se da por terminado el presente juicio, y a tal efecto, se ordena el archivo del expediente y su remisión al Archivo Judicial Regional, con sede en la ciudad de Aca.....