Se público en su texto integro la sentencia mediante la cual ABSUELVE a la ciudadana: ANA MARIA AREVALO DE FIGUEROA, plenamente identificada; a quien la parte acusadora atribuyó la comisión del delito de INJURIA, previsto y sancionado en el Artículo 444 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana: BELKIS ZULAY OVIEDO DE ALVARADO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal. Se deja constancia que la dispositiva fue leída en audiencia el día 27 de Mayo de 2008.