DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en Funciones de Control Nº 1. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad a lo establecido en el articulo 555 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y adolescentes en plena concordancia con lo dispuesto en el artículo 561 literal "E" ejusdem, decreta el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL de la presente causa, la cual se le sigue al adolescente Se omite su nombre por razones de ley, antes identificado, por la presunta comisión de uno de los delitos Contra La Propiedad, específicamente el delito de HURTO CALIFICADO, establecido en el articulo 453 numeral 03 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del Ciudadano GONZALEZ TORREALBA DOMINGO JESUS, antes identificada.
Notifíquese, publíquese, diarícese y líbrese lo conducent.....