PRIMERO: El padre buscará los días sábados al mediodía a su hija, en la casa de la madre, debiendo entregarla los días domingos, entre las 6 a 7 de la noche a su madre. SEGUNDO: En el período de vacaciones el padre podrá llevarse a su hija por un lapso de 10 días, retirándola de la casa de la madre y entregándola en la casa de la madre, previo acuerdo con la madre. En el mes de diciembre el padre tendrá la hija desde el día 23 retirándola de la casa de la madre en horas de la tarde, debiendo entregarla a la madre el día 26, en horas de la tarde. TERCERO: Las partes se comprometen a mejorar sus relaciones en función del Interés Superior y la Prioridad Absoluta de la niña, principios rectores en materia de protección del niño, niña y adolescente. Ahora bien, por cuanto dicho convenimiento no vulnera los derechos de la niña arriba identificada, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación en Funciones de Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de.....