D I S P O S I T I V A
El Tribunal al respecto Observa:
Verificadas como han sido las actuaciones inherentes a la presente causa, y en virtud de ellos, pasa a considerar por medio del Convenimiento propuesto por ambas partes, en el procedimiento del COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA, incoado por el ciudadano ILIDIO GOMES DE FREITAS, a través de su endosatario en Procuración, abogado JOSÉ GREGORIO BIGOTT, contra el ciudadano EFRAIN JOSE RODRIGUEZ, y por no ser contrario a derecho y a las buenas costumbres, este Tribunal Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, todo conforme lo establece los Artículos 263, 264 y 265 del Código de Procedimiento Civil y le da autoridad de cosa Juzgada. Así se establece y decide.
Así mismo, en virtud de la presente homologación, el expediente se archivará una vez que se cumpla totalmente el convenimiento acordado por las partes.-
Publíquese, regístrese y déjese .....