En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Sin Lugar la apelación formulada por la parte demandada en el presente procedimiento de cobro de bolívares en vía intimatoria, seguido por la ciudadana SARA MARITZA VARGAS A., contra la ciudadana ROSALIA COROMOTO JIMENEZ, ambas identificadas.
Queda confirmada la sentencia definitiva, dictada en fecha 18-06-2009 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de este Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa, la cual declaró como pasada con autoridad de cosa juzgada el decreto intimatorio de fecha 11-03-2009. Así se dispone.
Se condena en costas a la parte apelante de conformidad con el artículo 281 del Códig.....