DISPOSITIVA.
Con fundamento en las consideraciones de hecho y derecho señaladas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, la presente demanda que por RENDICION DE CUENTAS, que intentara el ciudadano José Alberto Casal Heredia, ya identificado, procediendo en su carácter de apoderado de la ciudadana CARMEN HEREDIA DE CASAL, ya identificada, en contra de la Ciudadana GISELA COROMOTO LA TORRRE VALERA, no identificada.
Dada la naturaleza del presente fallo, no hay expresa condenatoria en costas. PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y NOTIFIQUESE.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. En la ciud.....