DISPOSITIVA.
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA no imponer medida cautelar alguna al adolescente SE OMITE NOMBRE POR RAZONES DE LEY , en la presente causa que se inicio por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA , en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.
El tribunal acoge la pre-calificación Fiscal de los hechos como lo es el delito de FUGA previsto y sancionado en el artículo 258 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.
Se ordena la LIBERTAD del adolescente anteriormente identificado en esta causa y se decreta la DETENCION Como MEDIDA DE ASEGURAMIENTO, de conformidad a lo previsto y sancionado en el artículo 617, segundo aparte de la Ley Orgánica para la Protecci.....