Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUREN, SANTA ROSALÍA Y ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA:
1) APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito por los ciudadanos ZULEIMA DEL ROSARIO AGUIRRE COLMENAREZ y GASSAN RAGAB ABDALLAH AHMAD, antes identificados, a favor de los niños xxxxxxxxxxxxxxx, en fecha 20 de Enero de 2016 pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
2) Oficiar al Fiscal Cuarto del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Protección del Niño, Niña y del Adolescente y la Familia de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa,
Publíquese, regís.....