DISPOSITIVA.
Es por las razones expuestas, que este Tribunal de Control Nº 01 del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA imponer al adolescente; IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, toda vez que al mismo se le imputa la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, específicamente el delito de TENTATIVA DE HURTO DE VEHICULO, previsto en el artículo 4 de la Ley Orgánica sobre el Robo y Hurto de Vehículo Automotor, cometido en perjuicio de FREDDY JESUS HERNANDEZ, la Medida Cautelar prevista en el artículo 582 literales " C Y F " de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la cual consiste en:
1.- La obligación de presentarse cada VEINTE (20) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y
2.-.L prohibición de acercarse a la victima y su entorno familiar. Medida ést.....