DISPOSITIVA
En virtud de la motivación anteriormente expuesta, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en funciones de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Acuerda la calificación de flagrancia de los hechos presentados y la aplicación del procedimiento ordinario conforme a lo previsto en los artículos 248 y 378 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Califica el delito como HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal.
TERCERO: Impone al ciudadano JOSE GREGORIO RAMOS PAREDES, venezolano, mayor de edad, nacido el 20-01-85, en el caserío El Suruguapo, Guanare estado Portuguesa, soltero, titular de la cédula de identidad N° 20.543.326, obrero, residenciado en el caserío El Suruguapo, Guanare estado Portuguesa; la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad establecidas en l.....