PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada MARIA MILAGROS RODRIGUEZ, en su condición de apoderada judicial de la PROCURADURÍA DEL ESTADO PORTUGUESA, contra la sentencia de fecha 11 de junio del año 2009, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Guanare, siendo fundamentado en la audiencia oral y pública por el abogado GONZALO PERAZA.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión de fecha 11 de junio del año 2009, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Guanare, por las razones expuestas en la motiva.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS por lo privilegios de que goza parte demandada-recurrente.