DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Se declara Flagrante la Aprehensión del imputado Juan Argenis Vásquez Barroeta, venezolano, natural de Guanare Estado Portuguesa, fecha de nacimiento 02-05-1979, de profesión u oficio Obrero, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° V-14.205.299, residenciado en el Barrio Ezequiel Zamora, calle 01, frente a la UNELLEZ, casa s/n, Guanare Estado Portuguesa, de conformidad con el Articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
2.- Se acoge provisionalmente a la calificación jurídica del delito de Homicidio Culposo, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Ramón Antonio Leal Palma.
3.- Se acu.....