este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, conformidad con el dispositivo legal del Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle el derecho a los ciudadanos; Xiomara Serres De Sierra, Anny Lilibeth Sierra Serres, Victor José Sierra Serres y Elivict Jhoan Sierra García, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No V. 4.028.081, No V.-14.466.938, No V.17.003.517 y No V.-20.544.203, respectivamente, la condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en sus condición de esposa e Hijos del causante Víctor Guillermo Sierra Mora, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad No V. 4.288.812, fallecido ad intestato, el día 22 de junio de 2.021, en el estado Portuguesa, Municipio Guanare, según se evidencia de la copia certificada del acta de defunción Nº 590, de fec.....