D I S P O S I T I V A
En consecuencia este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PERIMIDA, la presente demanda por DAÑOS MATERIALES DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRANSITO, incoada por el ciudadano: MANUEL SALVADOR SÁNCHEZ LUGO, Mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.-9.527.534; debidamente asistido por el Abogado en Ejercicio: JORGE HUMBERTO CUEVAS GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 37.011; contra el ciudadano: JESÚS ANDRÉS SÁNCHEZ, Mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-5.660.307, domiciliado en el Barrio El Lago Marchine, Vereda 3, Nº 1-1 de la Ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, y a la empresa CORPORACIÓN VENEZOLANA DE GARANTÍAS Y CONTRATOS ADMINISTRATIVOS, C.A., domiciliada en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lar.....