VI
DECISIÓN
En vista de los razonamientos precedentes, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
1.- CON LUGAR la acción por Revisión de Obligación Alimentaria interpuesta por la ciudadana ANA MARÍA ARAUJO GARCÍA, en nombre y representación de su hija, X, contra el ciudadano JESÚS EUGENIO GUDIÑO, venezolano, mayor de edad, profesor, cédula identidad N° 11.668.466.
2.- En consecuencia, acuerda y fija la OBLIGACIÓN ALIMENTARIA del ciudadano JESÚS EUGENIO GUDIÑO, para con su hija, X, en la cantidad de Noventa Mil Bolívares (Bs. 90.000,oo) mensuales y Ciento Ochenta Mil Bolívares (Bs. 180.000,oo) en los meses de septiembre y diciembre; y, además, los gastos de medicinas, cuando las requiera. Se ordena que dicha cantidad sea depositada en la .....