Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para conocer y decidir la acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos BERNARDINO RODRIGUEZ, JOSE CARRASCO, NESTOR ESCALONA, LUIS LINAREZ Y LUIS PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº 11.548.827, 11848.671, 13.227.092, 14.178004 Y 13.703.730, respectivamente, quienes ejercen los cargos de Presidente, Vice ¿ Presidente del Consejo de Vigilancia, Secretario de Acta del Consejo Administrativo, Secretario de Acta del Consejo de Vigilancia de la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL CONSORCIO OLEAGINOSO PORTUGUESA, S.A (CATRACOPORSA) contra el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUG.....