DISPOSITIVA:
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1) Se desestima como flagrante la aprehensión de que fue objeto el ciudadano Manuel Lorenzo Torres venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, 11.929.220, de 36 años de edad, nacido en fecha 10-08-1970, soltero de oficio taxista, domiciliado en la población de las Cruces, carretera Guanare ¿ Biscucuy, casa S/N, Municipio Sucre del Estado Portuguesa por no estar llenos los extremos del artículo 93 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en virtud que consta al folio 12 de las presentes actuaciones Acta de Investigación Penal, de fecha 01 de Agosto de 2007, suscrita por el funcionario Luis Hurtado, adsc.....