Por las razones expuestas y sus fundamentos, este Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, que rige entre los ciudadanos: MIRLA JASMIN CASTELLANOS GRISMAN y ALEXANDER RAFAEL MENDOZA MIRELES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-20.390.976 y V-18.800.209, respectivamente, domiciliado la primera de los nombrados en Villa Araure I, Avenida 12, con Calles 5 y 6, N° 2-30, Araure del estado Portuguesa y el segundo en la Urbanización Villas del Pilar, Etapa I, Vía Principal, N° 12-45, Araure del Estado Portuguesa, en virtud del matrimonio contraído por ellos por ante el Registro Civil del Municipio Araure del Estado Portuguesa, en fecha trece de octubre del año dos mil siete (13/10/2007), según acta N° 360. Ofíciese lo conducente un.....