Vista la conciliación celebrada en esta misma fecha entre los ciudadanos PABLO ANTONIO TERÁN TERÁN y NELLY COROMOTO COLMENAREZ COLMENAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.895.876 y 12.896.719, respectivamente, por ante Defensoría del Niño y del Adolescente del Municipio Guanare del estado Portuguesa, sobre la FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA en beneficio de los niños ...................., de 06 y 07 años de edad, respectivamente, donde el padre se obliga en cancelar la cantidad de Bs. 75.000,00 quincenales, los cuales depositará en la cuenta de ahorros N° 0007-0014-21-0010120113, en Banfoandes, a hacerse efectivo a partir del 15 de febrero de 2007, monto que comprende todo lo relativo al sustento, vestido, habitación, educación, cultura, asistencia y atención médica, medicinas, recreación y deportes, así como también el padre cancelará las medicinas y consultas médicas de sus hijos, cuando estos lo requieran en cualquier fecha del año, sin.....