DISPOSITIVA
Por las razones ya expresadas éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: Califica la aprehensión practicada en contra los ciudadanos - Palma Rivas Jesús Alfredo, y Bastidas Carlos Martín, fue producto de una débil sospecha de su participación en el hallazgo de la sustancia, y por ello sin cumplirse con los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y así se decreta.
Segundo: Se acuerda la imposición de la medida cautelar sustitutiva de libertad, a los ciudadano PALMA RIVAS JESÚS ALFREDO, Venezolano, nacido en esta ciudad de Guanare en fecha 23/03/86, residenciado en el Barrio Sucre, sector Los Tanques, casa S/N, calle principal, hijo de Alfredo Antonio Palma (V), y María Fidelina Rivas (V), de profesión u oficio Agricultor, titular .....