Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal II de Primera Instancia en lo Penal, en función Control en sede de jurisdicción municipal, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta la aplicación del Procedimiento Especial contemplado en el artículo 354, del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO. DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, del imputado JUAN DANIEL ARJONA VEGAS, venezolano, natural del Estado Portuguesa, nacido en 08/05/1991, titular de la cédula de identidad N° V-23.300.310, soltero, de 21 años de edad, de profesión u oficio Caficultor, residenciado en CASERIO Cerro Sabana, carretera principal vía La Estación, casa SIN, Municipio Ospino Estado Portuguesa, debidamente asistido en este acto por la Defensora Público Abogada ALIX RODRIGUEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 242.2°, del Código Orgánico Procesal Penal, es.....