D I S P O S I T I V A
Con base a los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos YENKLIS DEL CARMEN PÉREZ HERNÁNDEZ y FREDERY JESÚS FERRER GUTIÉRREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-19.180.718 y V-18.594.144, respectivamente, domiciliados la primera de los nombrados, en la urbanización 24 de julio, calle 2, sector 3, casa número 06, ciudad de Acarigua, municipio Páez del estado Portuguesa y el segundo, en la urbanización Villas del Pilar, calle 2, casa signada con el número 131, de la ciudad de Araure, municipio Araure del estado Portuguesa, asistidos por el Profesional del Derecho ALBERTO YOVANNY TOVAR VERASTEGU.....