En tal sentido por haber manifestado mi opinión sobre los alegatos esgrimidos por las partes en la referida causa, tal como consta a los folios 108 al 126 (ambos inclusive) del expediente N° 368-2017, cuyo demandante es la Sociedad Mercantil Mangueras Acarigua C.A., en contra de los ciudadanos: Franco Colavita y Elida Sánchez de Colavita, motivo: NULIDAD DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, siendo que en la presente causa signada bajo el número C-122-2015, aparece como demandante ELIDA ROSA SANCHEZ DE COLAVITA, en su carácter de directora de la sociedad mercantil Soluciones Est & 378, C.A., debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Segundo del distrito Capital, bajo el N° 134, Tomo 65-A-SDO, en fecha 06 de noviembre del año 2014, con domicilio en la avenida principal, de la Hacienda, Centro Comercial Ciudad Caricuao, planta baja, local 11-H, sector UD-3, Cuaricuao, Parroquia Caricuao, municipio Libertador, Distrito Capital, Caracas y como parte demandada la sociedad mercantil MANGUERAS .....