DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: Califica como no flagrante la aprehensión de los ciudadanos SOTO ORTIZ JOSE MARIA, soltero, venezolano, natural de La Represa La Montaña de Tucupido, de profesión u oficio agricultor, titular de la cedula de identidad Nº V-19.349.559, de 32 años de edad, fecha de nacimiento 14/06/1980, residenciado en La Represa La Montaña de Tucupido, sector el Cumbre, estado Portuguesa, y GALVIS PEDRO JAVIER, venezolano, natural de Pedraza ciudad Bolivia, estado Barinas, soltero, profesión u oficio agricultor, titular de la cedula de identidad Nº V-15.384.208, de 33 años de edad, fecha de nacimiento 28/07/1979, residenciado en La Represa La Montaña de Tucupido, sector el Cumbre, estado Port.....