DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, con fundamento legal en el artículo 256 ordinales 3° del Código Orgánico Procesal Penal, solicitada por la defensa privada, a favor de los imputados: NESTOR JOSÉ GUEDEZ GIL, venezolano, soltero, portador de la Cédula de identidad V- 10.059.430, de 33 años de edad, nacido el 24/01/1969, de profesión u oficio: CABO Primero De la Policía, residenciado en el Barrio La Comunidad Vieja carrera 6, casa N° 0-315 del Municipio Guanare del Estado Portuguesa y WILFREDO ANTONIO MEJIAS ALVARADO, venezolano, soltero, portador de la Cédula de identidad V- 9.403.727, de 34 años de edad, nacido el 29/05/1967, .....