Procesal Penal, no habiendo reunido los requisitos exigidos para optar al beneficio del Régimen Abierto lo que no lo hace acreedor del mismo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley este Tribunal en función de Ejecución No. 2 de Penas y Medidas de Seguridad de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Portuguesa, conforme a lo establecido en el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal: NIEGA el otorgamiento del beneficio de Régimen Abierto como fórmula de cumplimiento de la pena que le fuere impuesta al ciudadano FRANKLIN JOSÉ MEDINA ALVARADO, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.882.487, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 27 de Abril de 1985, hijo de María Alvarado y Rafael Medina, de estado civil soltero, de ocupación obrero, residenciado en el Barrio El Milenium, Sector La Invasión, Calle Principal, casa s/n, Municipio Guanare, Estado Portuguesa, quién se encuentra recluido en Centr.....