1.-Se califica como flagrante la aprehensión de los ciudadanos Boza Orellana Luis Enrique, venezolano, natural de Guanare Estado Portuguesa, de 20 años de edad, nacido en fecha 18/05/1986, titular de la cédula de identidad N° 19.855.984, soltero, albañil, hijo de Agapito Lucena, residenciado en el Barrio Libertador, calle 07, al final de la autopista, Guanare Estado Portuguesa y García Andrade Alirio Ramón, venezolano, natural esta ciudad, de 18 años de edad, nacido en fecha 12/08/1986, soltero, albañil, titular de la cédula de identidad N° 19.187.337, hijo de Gualdita del Carmen Andrades y José Gregorio García Barazarte, residenciado en el Barrio Monseñor Unda, calle principal, casa N° 10, Guanare Estado Portuguesa, de conformidad con lo establecido en el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y se continué la investigación por la vía ordinaria de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
2.- Se precalificó el delito como Rob.....