DISPOSITIVO
Por las razones expuestas en la motiva, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la acción interpuesta por ciudadano PRUDENCIO JOSÉ IBARRA NATERA, contra MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDAS (MOPVI), hoy MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA VIVIENDA Y HABITAD, motivo: Cobro de Diferencia de prestaciones sociales, en consecuencia, se le ordena a la demandada pagar al accionante la cantidad de TREINTA MIL, CIENTO SESENTA Y DOS BOLÍVARES, DOS CÉNTIMOS (Bs. 30.162,02), más los intereses de mora y la indexación monetaria, por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por los privilegios y prerrogativas que goza la parte demandada.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 8.....