Dispositiva
Con fundamento en las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Ejecución N° 2, oídas las partes, en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda la sustitución de la multa de cuatro millones setecientos setenta y tres mil, doce bolívares con cincuenta y siete céntimos ( Bs. 4.763.012,57 ) impuesta a las penadas Alejandra de la Cruz Montilla, venezolana, mayor de edad, nacida en fecha 03-05-1974, de 33 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.012.774 y residenciada en el caserío los Palmares, vía Chabasquén, municipio Unda estado Portuguesa, y Xiomara Coromoto Palma Yépez, venezolana, mayor de edad, nacida en fecha 03-02-1970, de 37 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V.-10-723.203, y residenciada en la avenida Negro Primero, entre calles Bolívar y Comercio, Chabasquén, Municipio Unda del estado Portuguesa,.....