DISPOSITIVA
Por las razones que se expusieron, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, actuando en sede constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la INADMISIBILIDAD DE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL POR OMISIÓN DE PRONUNCIAMIENTO, interpuesta en fecha 09 de junio de 2020, por el Abogado FRIEDKIN ENRIQUE GUTIÉRREZ JIMÉNEZ, en su condición de Defensor Público Séptimo (7º) en materia penal ordinario del Estado Portuguesa, en nombre y representación del ciudadano ROYMIR JESÚS GUANAY TORREALBA, titular de la cédula de identidad Nº V-24.688.304, en su condición de imputado en la causa penal Nº 1C-13.944-20, en contra del Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 01, con sede en Guanare, de conformidad con el numeral 1º del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por.....