DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Califica como flagrante la aprehensión de que fueron objeto los ciudadanos Pérez Sánchez Johnny José, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-10.638.554, natural de Acarigua estado Portuguesa, soltero, Carpintero, residenciado en la Constituyente, final de la calle 10, casa s/N, Acarigua estado Portuguesa, y Guerra Pacheco Carlos Eduardo, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula V-19.172.649, natural de Acarigua estado Portuguesa, soltero, obrero, residenciado en el Algarrobo, bajando por la bomba San Pablo, casa s/n, Acarigua estado Portuguesa, conforme al artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
2.- Acuerda que la pre.....