En razón de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD en contra de los imputados EDIXON MANUEL RODRÍGUEZ LOPEZ, de nacionalidad venezolano, de 23 años de edad, indocumentado (manifestó ser titular de la cédula de identidad N° 16.964.938), soltero, profesión indefinida, natural de Acarigua Edo. Portuguesa, fecha de nacimiento 08-07-1983, residenciado en la Urb. Banco Obrero, calle 2 casa sin número, Municipio San Rafael de Onoto, Estado Portuguesa y titular de la cédula de identidad N° 20.238.405, y JULIO JATNIEL PEÑA QUINTERO, de nacionalidad venezolana, de 18 años de edad, soltero, profesión u oficio indefinida, natural de San Carlos Estado Cojedes, fecha de nacimiento 18-07-1988, residenciado en el barrio Los Mangos calle 8 casa sin número, Municipio San Rafael de Onoto, Estado .....