Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos RUPERTINO LEON GUDIÑO Y VILMARY ESTHER CHINCHILLA LOPEZ, por ante este Tribunal en esta misma fecha, sobre la REVISION DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA del ciudadano RUPERTINO LEON GUDIÑO, en beneficio de sus hijas RUTHBELYS VIRGINIA LEON CHINCHILLA, RUTH DAMARYS LEON CHINCHILLA Y RUTHDARLYS GABRIELA LEON CHICHILLA, de 14, 11 y 07 años de edad, respectivamente, la cual ha sido fijada en la cantidad de CIENTO SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 160.000,00), mensuales, en cuanto a los gastos de uniformes, útiles escolares, gastos decembrinos, médicos y medinas serán compartidos por ambos padres, dicha cantidad de dinero será depositada en Banfoandes en la cuenta de ahorro Nº 0007-0014-22-0010106811 a nombre de las prenombradas hermanas y a la orden este Tribunal; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de las Adolescente, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 .....