Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano NARCISO SIMON LOBATON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.536.983, por intermedio de su Apoderada Judicial RUZMARG LOBATON MEDINA , titular de la Cédula de Identidad Nro. 14.091.460, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 114.367, en contra del ciudadano MIGUEL ANGEL ACONCHA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.072.849, por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.-
En consecuencia, se declara resuelto el mencionado Contrato de Arrendamiento y se condena a la parte demandada:
PRIMERO: A pagarle al demandante, la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,oo), por concepto de cánones de .....