. . . , este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 01, adscrito a este Circuito Judicial Penal de la Cicunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justícia en Nombre de la República Bolívariana de Vnezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: eXTINGUIDA LA PENA PRINCIPAL, Y SE MANTIENEN LAS PENAS ACCESORIAS; 1.- La interdicción civil durante el tiémpo de la pena, 2.- La inhabilitación política mientras dure la pena, y el período de vigilancia termina el 15 de Enero de 2009, del ciudadano: Alvarado Jhonny Alexander, Guanare, estado Portuguesa, de 28 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 15.400.485; Residenciado en: El Barrio Nuevo, Calle Principal, Frente a la Emisora renacer, Boconoíto, Estado Portuguesa, de conformidad con lo establecido en el Artículo 105 del Código Penal, por cumplimiento de la misma, por la comisión del delito de: Robo Agravado en Grado de Frustración y Porte Ilícito de Arma, Pr.....