DISPOSITIVA
Por los motivos, este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA COMO FORMULA ALTERNA DE CUMPLIMIENTO DE PENA EL DESTACAMENTO DE TRABAJO, al penado Bonillo Castillo Eddy Daniel, Venezolano, natural de Cagua estado Aragua, mayor de Edad, nacido en fecha 15-02-1987, Titular de la Cedula de Identidad Nº V- 19.290.424, actualmente recluido en el Internado Judicial de Tocuyito Estado Carabobo por reunir los requisitos de ley, quedando sujeto al cumplimiento de las condiciones ya antes determinadas, todo esto de conformidad con lo previsto en los artículos 479 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, notifíquese, publíquese, déjese copia y ofíciese lo conducente a los organismo pertinentes a los que se les remitirá de igual manera copia certificada de la decisión y líbrese e.....