Por las razones expuestas y sus fundamentos de derecho, este Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN LEGAL DE CUERPOS, que rige entre los ciudadanos HECTOR AVELINO DELHOM LABRADOR y MARY EGLEE MONSALVE EREUT, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-14.746.700 y V-16.964.332, respectivamente, domiciliados el primero en el Barrio Villa Pastora, Avenida 25, Calle 41 y 42, Casa N° 2-15, Municipio Páez, Estado Portuguesa y la segunda de los nombrados en la Calle 7, con Avenida 21, Edificio Omaira, Piso 1 Apartamento N° 03, Araure del Estado Portuguesa, asistidos por la profesional del derecho MARY YOLANDA MONSALVE PEÑALOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 92.257, según se evidencia del Acta de Matrimonio N° 0160.
En consecuencia.....