Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en funciones de Control N° 2, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA la PRORROGA DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN INTRAPROCESO, a favor de la ciudadana SUSAN JHOAN VALDERRAMA SMITH, y se ordena el patrullaje policial en la casa de habitación de la referida ciudadana, ubicada en el en la casa de habitación de la referida ciudadana, ubicada el galpón ubicado en la urbanización guanaguanare, Estado Portuguesa, por el lapso de cuatro(4) meses, contado a partir de la presente fecha, de conformidad con los artículos 717,18, 22 y 42 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y Demás Sujetos Procesales, en concordancia con el artículo 120 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a la Fiscal Superior del Ministerio Público y ofíciese al Destacamento Nº 41 de la Guardia Nacional, de conformidad con el artícul.....