DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, adminstrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 420 del Código Penal, en concordancia con los artículos 250, 256 y 373, todos del Código Orgánico Procesal Penal, RESUELVE:
PRIMERO: Califica de FLAGRANCIA en la aprehensión del ciudadano CHERRY ENRIQUE CAMEJO MENDOZA, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.565.564, natural de Guanarito, Estado Portuguesa, nacido en fecha 31 de Diciembre de 1982, de estado civil soltero, de ocupación obrero, residenciado en Barrio José Antonio Páez, Sector Ii, cerca del Autolavado Plan de Manzano, Municpio Guanarito, Estado Portuguesa;
SEGUNDO: Califica provisionalmente el hecho que le fue imputado a éste como PORTE ILÍCITO DE ARMA previsto y sanc.....