Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución Nº 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a la ciudadana NEREIDA DEL CARMEN PERAZA, venezolana, mayor de edad, natural de Guanare Estado Portuguesa, nacido en fecha 28-08-19658, de profesión, indefinida, soltero, titular de la cedula de identidad N° 11.399.579, residenciado en el barrio Unión, sector 01, callejón La Polar, casa s/n°, a tres cuadras de la casa el Buen Samaritano, Guanare Estado Portuguesa, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN CANTIDADES MENORES, previsto y sancionado en el articulo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, todo de conformidad.....