DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que La Ley Le Confiere: NO DECRETA la Aprehensión de la ciudadana Rosa Ángel Martínez, por no reunir las exigencias del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; COMO FLAGRANTE; Se DECRETA LIBERTAD PLENA a la ciudadana Rosa Ángel Martínez de Bravo, venezolana, de 31 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.269.218, casada, natural de Barquisimeto Estrado Lara; con fecha de nacimiento 05/06/1978, Abogado y residenciada en la Urbanización El Paseo, calle 1, casa B-42, Guanare Estado Portuguesa; a quien se le imputo el delito de Especulación, previsto y sancionado en el artículo 137 de la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios y SE ACUERDA la Aplicación del Procedimiento.....