DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de apelación interpuesto en fecha 12 de Agosto de 2016, por la Abogado. ABG. JOSÉ MANUEL SÁNCHEZ OVIEDO, actuando en este acto con el carácter de Defensor Privado, en contra del auto dictado y publicado en fecha 07 de Agosto de 2016, dictó auto fundado mediante la cual el Tribunal, decretó MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, que le fuere decretada al acusado MIGUEL ANTONIO SILVA CASTRO, titular de la cédula de identidad n° 15.339.865, de 31 años de edad, nacido el 18/11/1982, de profesión u oficio obrero, residenciado en el Barrio La Batalla 2, calle principal, casa s/n, Ospino, Estado Portuguesa, y JÚNIOR JOSÉ GUEDEZ JUÁREZ, titular de la cédula de identidad n° 19.714.570, de 25 años de edad, nacido el 02/11/1989.....