DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Califica como flagrante la aprehensión de que fueron objeto el ciudadano Rodríguez Márquez Pablo Jesús, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.253.857, nacido en fecha 26-06-60, residenciado en el Barrio Cúatricentenario, calle 8 de Septiembre, a 150 metros de la Escuela Cuatricentenaria, sector 4, casa s/n, Guanare estado Portuguesa, por el delito de ocultamiento Ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano.
2.- Impone la medida cautelar s.....