DISPOSITIVA.
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la continuación de la investigación bajo los parámetros del procedimiento ordinario y le impone a los adolescentes imputados IDENTIDADES OMITIDAS a quienes se les imputa la presunta comisión de CONTRA EL ORDEN PUBLICO en prejuicio del ESTADO VENEZOLANO y a los fines de asegurar la sujeción de los mencionados adolescentes imputados al proceso se le impone como Medida Cautelar la establecida en el literal "B" de la del articulo 582 de La Ley Orgánica para la Protección De Niños, Niñas Y Adolescentes, correspondiente a:
1.- La Obligación de someterse a la supervisión y vigilancia de su representante legal quien deberá informar a este Tribunal cada VEINTE (20) días sobre la conducta y comportamiento de su re.....