DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA MEDIDA DE PROTECCION a la ciudadana: YAJAIRA COROMOTO CALLES BELLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 7.546.962, residenciada en la urbanización Villas del Pilar, Etapa II, calle 5, Nro 572 de Araure Estado Portuguesa, a su hija YANGELIS RUMBOS (adolescente) y a sus hijos MARIA ALEJANDRA Y JOSE ANTONIO RUMBOS, todos residenciados en la dirección antes señalada, consistente en vigilancia permanente a la residencia de los mencionados ciudadanos con apostamiento policial que deberá ser coordinado con los propios residentes para no afectar su intimidad, vigilancia permanente a su lugar de trabajo la cual s.....