DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos ampliamente expresados, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, administrando Justicia en su nombre, dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: Declara legítima y flagrante la aprehensión de la que ha sido objeto el adolescente IDENTIDAD OMITIDA de nacionalidad Venezolana, natural de Acarigua Estado Portuguesa, titular de la cedula de identidad N° V- 30.275.546, estado civil soltero, nacido en fecha 27-04-1998, de 17 años de edad, de profesión indefinido, Residenciado en Caserio Apisa, Calle principal, Casa S/N, Municipio Agua Blanca Estado Portuguesa, a tres cuadras de la cancha, teléfono 0426-3871703 (de la mama) hijo de IRIS MARIELA ARANGUREN ESCOBAR Y LUIS ONESIMO COLMENARES, conforme a lo establecido en el artículo 234 del Código Orgánico Proce.....