DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que La Ley Le Confiere: DECRETA la Aprehensión de la ciudadana Yurizan Coromoto Pérez; COMO FLAGRANTE; DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD a la ciudadana: Yurizan Coromoto Pérez Briceño, venezolana, de 34 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.648.199, natural de Guanare Estado Portuguesa, Licenciada en Administración, nacida en fecha 11-05-1976 y residenciada en la Carrera Número 11, esquina calle 19, Edificio Enzo, piso 1, apartamento 2, Guanare Estado Portuguesa; por la comisión del delito de Lesiones Culposas, previsto y sancionado en el artículo 420.2 del Código Penal; en perjuicio del Estado Venezolano. SE ACUERDA la Aplicación del Procedimiento Ordinario, todo de conformid.....